El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reiteró la importancia de mantener habilitado y actualizado el Buzón Tributario, herramienta utilizada como medio de comunicación digital entre la autoridad fiscal y los contribuyentes.
La obligación no aplica de la misma manera para todas las personas inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), ya que las disposiciones contemplan distintos supuestos de cumplimiento, así como perfiles que cuentan con facilidades o están exentos.
Para quienes sí deben cumplir, no basta con realizar un registro parcial. Es necesario proporcionar medios de contacto válidos y completar el proceso de confirmación solicitado por la autoridad.
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¿Quiénes deben activar el Buzón Tributario según el SAT 2026?
La activación del Buzón Tributario tiene carácter obligatorio para la mayoría de las personas físicas y personas morales inscritas en el RFC que se encuentren dentro de los supuestos establecidos.
Entre los contribuyentes están quienes generaron CFDI de ingresos o cuentan con comprobantes de nómina durante los últimos 12 meses.
También deben considerarse las personas incorporadas al RESICO, quienes tienen que mantener activo este canal antes de que concluya el año.
Otro grupo corresponde a los contribuyentes que tienen trámites activos ante la autoridad fiscal en los que la plataforma constituye un requisito obligatorio.
Asimismo, existe un supuesto relacionado con el registro inconcluso; es decir, quienes hayan proporcionado información incompleta deben regularizar sus datos, incluyendo un correo electrónico válido y un número de teléfono celular.
La omisión de estas obligaciones puede derivar en multas fiscales, de acuerdo con las disposiciones mencionadas.
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¿Quiénes están exentos del Buzón Tributario según el SAT 2026?
El marco normativo contempla determinados casos en los que la activación del Buzón Tributario puede ser voluntaria o no generar sanciones.
Entre ellos están las personas físicas que obtienen ingresos por salarios inferiores a 400 mil pesos anuales.
También se encuentran las personas físicas o morales que aparecen registradas bajo suspensión de actividades o que no tienen obligaciones fiscales vigentes.
Otro supuesto corresponde a los contribuyentes cuyo estatus ante el RFC aparece formalmente como cancelado.
Estos casos forman parte de las excepciones y permiten distinguir entre quienes tienen obligaciones de activación y quienes cuentan con alguna facilidad o exención.
¿Cómo activar el Buzón Tributario del SAT 2026?
Para completar la activación, los contribuyentes deben ingresar al portal del SAT y contar con su Contraseña o una e.firma vigente.
El procedimiento contempla el registro de al menos un correo electrónico y un número de celular. Después de proporcionar ambos medios de contacto, la autoridad establece un plazo de 72 horas para confirmar la información mediante los mecanismos de verificación correspondientes.
Por ello, quienes se encuentren obligados deben revisar que sus datos estén completos y que tengan acceso a los medios registrados.
RECUERDA: La recomendación es que los contribuyentes revisen su situación ante el SAT, identifiquen si se encuentran dentro de alguno de los supuestos obligatorios y, cuando corresponda, completen la activación y validación del Buzón Tributario.
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