¿Si trabajas el 2 de Noviembre, Día de Muertos, te deben dar pago triple por ser descanso obligatorio?

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Día de Muertos El Día de Muertos no es considerado como descanso obligatorio por la LFT (IA Gemini)

Aunque muchos creen que el Día de Muertos es un descanso oficial, la realidad es que en la LFT no aparece este día como obligatorio

Desde hace tiempo se ha creído que el Día de Muertos, una de las tradiciones más importantes en la cultura mexicana, es considerado por la Ley Federal de Trabajo como un día de descanso obligatorio; sin embargo, aquí te aclaramos la situación y te decimos si realmente se tiene que pagar al triple por trabajar ese día.

Aunque algunas empresas se otorgan el día y en las escuelas se suspenden las labores, la realidad es que este no cuenta como una fecha en el calendario de la LFT como un día de descanso obligatorio.

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¿Me deben pagar al triple si trabajo el Día de Muertos?

Al no estar marcado en el calendario de la Ley Federal de Trabajo como un día obligatorio, las empresas no están obligadas a pagarte el triple de tu día, que sería lo correspondiente con días oficiales.

Hay que recordar que en México, la Ley federal de Trabajo, respalda a los empleados cuando trabajan en días que son concedidos, es decir que si no les dan el descanso, las empresas deberán pagar el día, más doble sueldo, es decir, un pago al triple.

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Día de Muertos Muchos creen que el Día de Muertos es un día de descanso oficial (IA Gemini)

Sin embargo, en el caso del Día de Muertos este no aparece en el calendario de descansos oficiales de la LFT, por lo que los que trabajen ese día, deberán hacerlo sin ese famoso monto extra.

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¿Qué días sí son descansos oficiales según la LFT?

De acuerdo con la Ley Federal de Trabajo, estos son los días marcados como descanso obligatorio:

  • 1 de enero (Año Nuevo)
  • Primer lunes de febrero (Conmemoración del 5 de febrero, Día de la Constitución)
  • Tercer lunes de marzo (Conmemoración del 21 de marzo, Natalicio de Benito Juárez
  • 1 de mayo (Día del Trabajo)
  • 16 de septiembre (Día de la Independencia)
  • 1 de octubre de cada seis años (Cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal)
  • Tercer lunes de noviembre (Conmemoración del 20 de noviembre, Día de la Revolución Mexicana)
  • 25 de diciembre (Navidad)