La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo que modifica el panorama para pensionados en Zacatecas. La decisión valida la reforma al artículo 74 de la ley del ISSSTEZAC, que establece una reducción del aguinaldo de 60 a 30 días, lo que representa un recorte del 50% en esta prestación.
El análisis se realizó dentro de la Acción de Inconstitucionalidad 149/2024, en la cual el máximo tribunal evaluó la legalidad de disminuir este beneficio bajo criterios financieros. La Corte concluyó que el ajuste es constitucional y responde a la necesidad de garantizar la viabilidad del sistema estatal de pensiones.
El tribunal sostuvo que la medida “no viola el derecho humano a la seguridad social”, además de considerarla “una medida razonable y no arbitraria”.
También subrayó que está “orientada a garantizar la suficiencia presupuestaria y la sostenibilidad financiera del instituto local”.
Estos argumentos fueron determinantes para validar la reforma dentro del marco constitucional, aunque con límites claros para evitar vulneraciones a derechos adquiridos.
Pensionados y aguinaldo en Zacatecas 2026: ¿Quiénes resultan afectados?
La resolución establece que el recorte aplica únicamente a nuevos pensionados que se incorporen al sistema después de la entrada en vigor de la reforma.
- Afectados: trabajadores que se jubilen bajo el esquema reformado, quienes recibirán 30 días de aguinaldo.
- Protegidos: pensionados con derechos previamente reconocidos, quienes mantendrán el pago de 60 días.
De esta manera, la SCJN garantiza que la medida no se aplique de forma retroactiva, respetando los derechos adquiridos de quienes ya cuentan con esta prestación.
Aunque la Corte avaló la reducción del aguinaldo, también invalidó los artículos 128 y 128 bis de la reforma. Estos apartados pretendían condicionar el pago de prestaciones a factores como la “capacidad financiera” y la “reserva técnica” del instituto.
El tribunal consideró que vincular el acceso a la seguridad social con variables financieras indeterminadas generaba incertidumbre y posibles afectaciones desproporcionadas. Por ello, se estableció que los ajustes pueden realizarse, pero sin comprometer prestaciones básicas.
Es decir, la resolución, emitida el 12 de enero de 2026, marca un precedente para otros estados. El fallo establece que las entidades pueden realizar ajustes a sus sistemas de pensiones siempre que cumplan dos condiciones:
- Respetar la no retroactividad.
- Garantizar derechos fundamentales de seguridad social.
Este criterio abre la posibilidad de que otras entidades con sistemas financieros presionados consideren reformas similares.
Aclaración del ISSSTE federal ante pago de aguinaldos en Zacatecas 2026
Ante la difusión de información sobre supuestos recortes en el pago de aguinaldos, el ISSSTE emitió un comunicado oficial:
- La medida corresponde exclusivamente al ISSSTEZAC, organismo público estatal regido por legislación local.
- No afecta a jubilados federales ni a pensionados del ISSSTE, incluidos aquellos que residen en Zacatecas.
- Los beneficiarios del ISSSTE mantienen íntegro su derecho a recibir 40 días de aguinaldo, conforme a la Ley del ISSSTE y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
El instituto federal reiteró su compromiso con el cumplimiento de las prestaciones económicas y llamó a evitar la difusión de información imprecisa que pueda generar confusión.
Para más detalles, consulta los canales oficiales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).



