La semana pasada las autoridades abrieron un nuevo periodo de registro para los programas de pensión dirigidos a adultos mayores, mujeres y personas con discapacidad.
Dicho periodo inició el pasado 17 de febrero y concluirá el día 28, sin embargo, han surgido muchas dudas en torno a los apoyos que otorga la Secretaría del Bienestar.
Una de las dudas está relacionada con el nombramiento de una persona auxiliar para cobrar el apoyo de Pensión para Adultos Mayores, la cual te vamos a aclarar a continuación.
Pensión Bienestar: ¿Qué es una persona auxiliar?
Como se indica en la página Programas para el Bienestar, las y los beneficiarios de la Pensión para Adultos Mayores (que da 6,200 pesos bimestrales) tienen derecho a nombrar a una persona auxiliar, la cual se encargará de apoyarles “en todo lo concerniente a estos apoyos”.
De acuerdo con la autoridad, las personas auxiliares pueden llevar a cabo cualquier trámite por un o una beneficiaria; incluso, si es un familiar es posible iniciar el proceso de pensión y “solicitar visita domiciliaria para que se realice el registro directamente en su hogar”.
“Estas personas auxiliares serán las encargadas de realizar cualquier trámite correspondiente a las Pensiones para el Bienestar de los Adultos Mayores o Personas con Discapacidad, en caso de que el o la beneficiaria se encuentre incapacitada para hacerlo", añade la autoridad.
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¿Qué requisitos debes cubrir para ser una persona auxiliar?
En caso de que estés interesada (o) en llevar a cabo tu registro como persona auxiliar, toma en cuenta que deberás presentar los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento
- Identificación oficial vigente (INE, credencial INAPAM, pasaporte)
- CURP
- Comprobante de domicilio (máximo seis meses de antigüedad)
- Documento que acredite el parentesco con la persona adulta mayor o persona con discapacidad
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