Después de una larga espera, llega otro día de descanso obligatorio para los trabajadores, pero en el remoto caso que tu jefe te necesite en tus labores, atento, ya que te corresponde un pago extra. Esto dice la Ley Federal del Trabajo (LFT) sobre el 16 de septiembre.
Las fiestas patrias están por comenzar, una época donde México se une y celebra prácticamente de sol a sol. Estudiantes de nivel básico tienen su descanso garantizado, pero con los trabajadores ocurre algo diferente.
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¿Cuánto te deben pagar extra por trabajar el 16 de septiembre?
El próximo 16 de septiembre, con motivo de la conmemoración de la Independencia de México, está marcado en el calendario oficial como un día de descanso obligatorio.
Sin embargo, para aquellos empleados que deben cubrir su turno debido a la naturaleza de su sector, la Ley Federal del Trabajo (LFT) garantiza una compensación económica de un pago triple.

El marco legal mexicano protege a los trabajadores para garantizar una remuneración justa durante las festividades cívicas, basándose en dos normativas clave:
- Artículo 74: Clasifica expresamente al 16 de septiembre como una fecha de asueto inamovible
- Artículo 75: Regula la situación de quienes laboran en industrias de operación continua. Establece que si una persona cubierta por esta ley trabaja ese día, tiene derecho a un tabulador de pago especial.
El trabajador debe percibir su salario regular correspondiente al descanso, más un salario doble por el servicio prestado. En términos prácticos, esto se traduce en un pago triple por la jornada laborada.
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Por ejemplo, si un empleado tiene un salario diario de 500 pesos, su pago total por presentarse a trabajar durante el feriado patrio será de 1,500 pesos (500 pesos de su día normal sumados a 1,000 pesos de la compensación doble estipulada).
En caso de que el empleador omita el depósito, los afectados pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría legal y respaldo de forma totalmente gratuita.
