La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno dio a conocer que impuso una multa de 42 millones 849 mil 95 pesos a la Federación Mexicana de Futbol (FMF).
De acuerdo con el comunicado de la institución, se sancionó a la FMF por incumplimiento en protección de datos personales del Fan ID.
¿Qué infracciones cometió la FMF? Esto dijo la autoridad
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno informó que la FMF cometió dos infracciones. La primera consiste en que no se informó a los aficionados que las fotografías que proporcionaban tenían “carácter de datos personales sensibles”.
“La FMF recababa fotografías de los aficionados para generar el ‘FAN ID’, pero no señaló en su aviso de privacidad que esos datos eran sensibles. Esta omisión impidió que los titulares conocieran el alcance real del tratamiento de su información personal y pudieran decidir de manera informada sobre su uso”, explicó la autoridad.
En torno a la segunda infracción, la cual tiene que ver con que no se obtuvo el consentimiento “expreso y por escrito de los titulares para tratar datos sensibles”, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno detalló que la FMF no recabó firmas ni llevó a cabo mecanismos para acreditar que los aficionados aceptaban que se trataran sus datos.
“Para tratar datos sensibles, la ley exige el consentimiento expreso y por escrito del titular. La FMF se limitó a utilizar el marcado de una casilla en un sitio web, sin recabar firma autógrafa ni firma electrónica o cualquier otro mecanismo de autenticación que acreditara, de manera indudable, que era el titular quien otorgaba su consentimiento”.
¿Por qué se sancionó a la FMF con 42 millones de pesos?
De acuerdo con el comunicado, el monto de la multa se determinó tomando en cuenta “la gravedad de las infracciones, la naturaleza sensible de los datos biométricos tratados y la capacidad económica de la FMF, de acuerdo a su declaración anual de impuestos del ejercicio fiscal de 2024″.
Asimismo, se informó que la FMF puede impugnar, aunque la autoridad dejó en claro que “defenderá con firmeza la legalidad de su resolución, por haber sido emitida con estricto apego a derecho y en protección del interés público y de los derechos fundamentales de las personas”.
