En los últimos días han circulado algunas versiones que señalan posibles sanciones por parte del Sistema de Administración Tributaria (SAT) en 2026 para quienes participan en las tandas, un mecanismo de ahorro informal muy utilizado en México.
Estos rumores han generado dudas entre usuarios que recurren a este tipo de esquemas para organizar sus finanzas personales, especialmente en lo relacionado con depósitos en cuentas bancarias.
Ante este panorama, la autoridad tributaria aclaró su postura respecto a las tandas y lo que realmente puede ocurrir con este tipo de prácticas.

¿Qué establece el SAT respecto a las tandas?
El SAT aclaró que no existe ningún programa en el que se supervisen o se apliquen multas para quienes participan en tandas. La institución precisó que este tipo de esquemas de ahorro entre particulares no forman parte de sus operaciones de revisión.
De igual manera, señaló que la información difundida en algunos medios y redes sociales no está justificada. Es decir, este tipo de prácticas se rigen por acuerdos privados entre los participantes y no implican, por sí mismas, una actividad sujeta a supervisión fiscal.
¿Cómo funcionan las tandas y cuáles son las recomendaciones?
Las tandas son mecanismos de ahorro colectivo en los que un grupo de personas aporta una cantidad fija de dinero de manera periódica, con el objetivo de que cada integrante reciba el total acumulado en un turno previamente acordado.
Se trata de una práctica tradicional que ha persistido como una alternativa informal de ahorro y apoyo entre personas. No obstante, cuando estos movimientos se realizan a través de transferencias bancarias, pueden quedar registrados en el sistema financiero.
Por ello, en caso de que los depósitos sean elevados o recurrentes, es recomendable contar con evidencia que acredite el origen del dinero, como listas de participantes y registros de aportaciones para tener mayor claridad en caso de requerimientos por parte de instituciones financieras.


