Gracias a programas como la Vinculación Productiva, cada vez más personas adultas mayores continúan trabajando y generando ingresos.
Esta iniciativa del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) conecta a sus beneficiarios con empresas interesadas en contar con su experiencia, lo que también les permite mantener un ingreso adicional.
Ante la llegada del reparto de utilidades, una de las dudas más frecuentes es cuánto dinero podrían recibir en 2026 y en qué fechas se realiza el pago. A continuación, te explicamos lo que establece la ley.
¿Cuánto se paga de utilidades en México en 2026?
El reparto de utilidades está regulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT), la cual indica que las empresas deben distribuir el 10% de sus ganancias netas entre sus trabajadores.
Sin embargo, no existe una cantidad fija para todos los empleados, ya que el monto depende de distintos factores relacionados con cada empresa y con el tiempo trabajado durante el año fiscal correspondiente.
El dinero total se divide en dos partes iguales. Una de ellas se distribuye según los días trabajados por cada empleado durante el año. La otra se reparte de acuerdo con el salario que percibe cada trabajador. Esto significa que el pago puede variar considerablemente.
En el caso de los adultos mayores que obtienen empleo a través del programa Vinculación Productiva del INAPAM, muchos trabajan en áreas como atención al cliente, apoyo en comercios, o labores administrativas; por lo que, si cuentan con un contrato formal, participan en el reparto de utilidades al igual que el resto del personal.
Requisitos y fecha límite para recibir el pago de utilidades
Para recibir el reparto de utilidades, los trabajadores deben cumplir con algunos requisitos establecidos por la ley:
- Tener una relación laboral formal con la empresa.
- Haber trabajado al menos 60 días durante el año correspondiente.
- Que la empresa haya generado utilidades, es decir, que sus ingresos anuales declarados al ISR superen los 300 mil pesos.
- Que el negocio tenga más de un año de operación.
En cuanto a las fechas, esta distribución se realiza cada año entre abril y junio, dependiendo del tipo de patrón. Si el trabajador labora para una empresa, como persona moral, debe recibir el pago del 1 de abril al 30 de mayo. Cuando el patrón es una persona física, el reparto se da del 1 de mayo al 29 de junio.
Por ello, quienes trabajan mediante el programa Vinculación Productiva del INAPAM deben mantenerse atentos durante estas fechas, ya que podrían recibir este pago adicional si la empresa donde laboran obtuvo ganancias durante el año fiscal anterior.



