Tomar vacaciones no solo implica ausentarse del trabajo, también conlleva el derecho a recibir un pago adicional establecido en la ley, que es la prima vacacional. Esta es una prestación obligatoria prevista en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y tiene el objetivo de que las personas trabajadoras cuenten con un ingreso extra durante su periodo de descanso.
Además del salario correspondiente a los días que no se laboran, las empresas deben pagar un monto adicional mínimo del 25% sobre ese ingreso. Aunque es una obligación legal, aún existen dudas sobre su cálculo y el momento en que debe pagarse, es por ello que aquí te lo aclaramos.

¿Cuántos días de vacaciones te tocan por ley?
Antes de calcular la prima vacacional, es necesario conocer los días de vacaciones que te corresponden según la antigüedad laboral. Este dato es clave, ya que de él depende el monto final a recibir.
Con la reforma conocida como Vacaciones Dignas, vigente en 2026, los mínimos establecidos en la LFT son:
- 1 año: 12 días
- 2 años: 14 días
- 3 años: 16 días
- 4 años: 18 días
- 5 años: 20 días
A partir del sexto año, el periodo vacacional aumenta dos días por cada cinco años de servicio.
¿Cómo se calcula la prima vacacional?
El artículo 80 de la LFT establece que la prima vacacional debe ser de al menos el 25% del salario correspondiente al periodo vacacional. Para obtener el monto, se toma el sueldo diario, se multiplica por los días de vacaciones que corresponden y sobre esa cantidad se aplica dicho porcentaje.
Por ejemplo, si una persona trabajadora percibe un salario mensual de 15 mil pesos, su ingreso diario es de $500. Si tiene antigüedad de un año, le corresponden 12 días de vacaciones, lo que equivale a 6 mil pesos por ese periodo de descanso. Al aplicar el 25% establecido por la ley, debe recibir al menos $1,500.
Aunque ese es el monto mínimo que se debe pagar, algunas empresas pueden otorgar un porcentaje mayor por políticas o contrato.
¿Cuándo se paga y qué hacer si no te la dan?
La prima vacacional debe pagarse antes del inicio de tus vacaciones, para que dispongas de ese recurso durante tus días de descanso. El pago puede realizarse junto con la nómina previa a tus vacaciones, en un depósito por separado, en tu aniversario laboral o conforme a las políticas internas de la empresa.
En caso de que el empleador no te pague o retrase la entrega de esta prestación, tienes derecho a reclamarla dentro de un plazo de un año, contado a partir de que las vacaciones sean exigibles.
Para recibir orientación y apoyo legal gratuito, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), que brinda asesoría y acompañamiento en procesos de conciliación laboral.



