Pensión Bienestar 2025: ¿Puedes heredarla a un beneficiario o algún familiar?

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No se puede heredar la Pensión Bienestar (Freepik)

Es importante saber qué hacer en caso de que el beneficiario muera, para no cometer algún tipo de delito y perder los derechos.

La Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores es un programa social en el que el Gobierno otorga un apoyo económico, de forma bimestral, a las personas que tienen 65 años o más.

Distintos usuarios mantienen la duda de lo que sucede, en caso de que el beneficiario muera, si este apoyo económico se puede heredar para que algún familiar continúe recibiéndolo.

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Pensión Bienestar La Pensión del Bienestar aumentará el próximo año, esto debido a que es un derecho constitucional. (Fotoarte: El Financiero Crédito: Cuartoscuro)

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¿Se puede heredar la Pensión del Bienestar?

La respuesta es clara: NO. No se puede trasladar este derecho a ningún familiar, ya que está destinado a la ayuda del adulto mayor y en cuanto muere, ese derecho se termina. Sin embargo, sí existe un apoyo para la persona auxiliar del beneficiario y hasta en algunos casos para alguién de la familia.

Esta opción se conoce como Pago de Marcha, pero es importante mencionar que es un depósito que se hace una única vez, ya que se busca apoyar en los gastos inmediatos derivados del fallecimiento.

La persona que estaba registrada como la auxiliar del beneficiario, será la que recibirá el apoyo, no como herencia, sino como un pago único y específico. La cantidad puede variar, de acuerdo al programa de Bienestar al que estaba registrado.

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Pensión del Bienestar El calendario de pagos de la Pensión del Bienestar será presentado la próxima semana en la 'mañanera'. (Fotoarte El Financiero)

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¿Cómo solicitar el Pago de Marcha?

Lo primero y más importante, es que deberás de notificar sobre el fallecimiento a la Línea del Bienestar o en alguno de los módulos de atención al programa. Se tiene que hacer dentro de los dos primeros bimestres posteriores al fallecimiento.

La persona auxiliar es la que tendrá que solicitar el Pago de Marcha, pero para eso debe llevar una identificación oficial vigente y el original del acta de defunción del beneficiario (o una constancia médica emitida por una institución pública que certifique el fallecimiento).