¿De cuánto son las nuevas multas para motos, bicis y scooters eléctricas en CDMX y cuáles necesitan licencia?

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VEMEPE Te contamos sobre las multas que aplicarán en la capital del país, en relación con estos vehículos motorizados. ( IA Microsoft Images)

Te contamos qué licencia deberás tramitar si cuentas con un scooter, bicicleta o moto eléctrica y cuáles serán las multas si no lo haces.

Tras la aprobación a la reforma de la Ley de Movilidad por el Congreso de la Ciudad de México, comenzarán a regularse el uso de motocicletas, bicicletas y scooters eléctricos que alcancen los 25km/h. Es por ello que acá te contamos cuáles serán las multas y qué licencias necesitarás.

De acuerdo con el Congreso, se ha creado una nueva categoría llamada Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE), donde se clasifican aquellos vehículos con manubrio y asiento de motor eléctrico que alcen los 25 kilómetros por hora, para los cuales también será necesaria una licencia de conducir.

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¿Cuál será la nueva licencia de conducir para los Motos y bicis eléctricas?

Esta reforma la ley de movilidad indica en su artículo 64 que toda persona que posea y maneje un VEMEPE tendrá la obligación de portar su licencia de conducir, de la cual existirán dos tipos, de acuerdo al peso del vehículo.

  • Tipo A: Con peso menor a 35 kilogramos.
  • Tipo B: Con peso mayor a 35 kilogramos y hasta 350 kilogramos.

También tendrán que registrar y tramitar las placas de estos vehículos, así como portar su tarjeta de circulación para evitar multas. Si bien la reforma a esta ley comenzó un día después de su publicación en la gaceta oficial, el ejecutivo dispone de un plazo de 360 días para ajustar el Reglamento de Tránsito y definir los procedimientos operativos, por lo que la implementación total podría llegar a darse hasta en un año.

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¿Cuáles serán las multas por no portar la licencia ni placas para circular en los VEMEPE?

Con la nueva reforma, aquellos vehículos eléctricos de uso personal ya no podrán circular por aceras, ciclovías y carriles confinados para el transporte público, si lo hacen serán acreedores a una multa que va desde los 20 hasta las 30 UMAs, que equivalen a entre 2,262 y 3,394 pesos.

También deberán usar cascos para motocicleta con las medidas de seguridad que establece el Reglamento de Tránsito de la ciudad. En caso de no cumplir se harán acreedores a una multa de 10 a 20 UMAs; es decir, entre 1,131 y 2,262 pesos.