Pensión IMSS: Esta es la CIFRA que pagan a beneficiarios por VIUDEZ; ¿cómo puedes solicitarla?

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Pensión IMSS por viudez (Especial / Copilot IA)

Si una persona fallece, pero era beneficiaria de la Pensión IMSS, puede otorgar una pensión por viudez a su pareja; te contamos cómo

Adultos mayores que cumplen con los requisitos que solicita el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), pueden acceder al pago de una pensión, pero entre los beneficios que tienen es que, si llegan a pasar a mejor vida, pueden dejar un monto por viudez a su pareja o cónyuge.

Este pago que se les dará mensualmente, y de por vida, busca proteger a la familia de los fallecidos, aunque hay información importante a tomar en cuenta, sobre todo los requisitos, cómo se hace el trámite y cuánto te pagará este tipo de Pensión IMSS.

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Así se puede tramitar la Pensión IMSS por viudez

De acuerdo con información oficial del instituto, la pareja o cónyuge de la persona fallecida tiene derecho a solicitar la Pensión IMSS por viudez, aunque hay requisitos que cumplir previo a pensar en el pago mensual.

Para iniciar, el adulto mayor que muere debe haber pertenecido al régimen de cesantía en edad avanzada, vejez, riesgo de trabajo, invalidez o retiro. De igual forma, debe haber cotizado al menos 150 semanas previo a su fallecimiento, misma que no aplica para riesgo de trabajo.

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Pensión IMSS - Viudez

Ahora, la persona que quiera solicitar la Pensión IMSS por viudez debe presentar acta de matrimonio (esposa/o) o resolución judicial que acredite la relación (concubino/a). En caso de muerte por riesgo de trabajo, debe presentar el Dictamen ST-3, o en casos ajenos, comprobar sus semanas cotizadas y baja del Régimen Obligatorio.

¿Cuánto te paga la Pensión IMSS por viudez? Debes saber que este régimen le otorga a la pareja o concubino el 90% del total que recibía la persona fallecida al mes, es decir, si le pagaban 10 mil pesos, te otorgarán 9 mil pesos.

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Si cumples con lo antes mencionado y quieres realizar el trámite, estos son los documentos que debes llevar: Identificación oficial vigente, acta de defunción certificada, comprobante de domicilio no mayor a tres meses, estado de cuenta con número de cuenta y CLABE a nombre del beneficiario, acta de nacimiento certificada.