La Ley del Seguro Social de 1997 (Ley 97) introdujo las Afores y cambió las reglas de jubilación en el IMSS. Aunque muchos piensan que solo existe el retiro programado, en ciertos casos pueden recibir pensión de por vida incluso si estás bajo este régimen.
A continuación, encontrarás todo lo que necesitas saber, estructurado en tres secciones para facilitar su lectura y optimizar tu búsqueda.
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¿Puedes jubilarte por la Ley 97 y cuáles son los requisitos?
La Ley 97 rige para quienes iniciaron sus aportaciones al IMSS a partir del 1 de julio de 1997. Para 2025, debes contar con al menos 850 semanas cotizadas; esta cifra se incrementa 25 semanas cada año desde 2022, y dejarán de incrementar en 2031.
Además, deberás cumplir con los siguientes requisitos:
- Edad mínima de 60 años cumplidos para pensión por cesantía avanzada; 65 años para pensión por vejez.
- Haber causado baja definitiva en el Régimen obligatorio del IMSS
- No contar con ningún trabajador remunerado al momento de solicitar la pensión.
- Con estos requisitos cumplidos eres elegible para tramitar la pensión bajo la Ley 97.

¿Cómo funciona la pensión mínima garantizada y el complemento gubernamental?
Al jubilarse, eliges entre retiro programado, renta vitalicia o la pensión mínima garantizada. Si el saldo acumulado en tu cuenta individual y la modalidad seleccionada no alcanzan el monto mínimo establecido por ley, el IMSS complementa la diferencia para que recibas al menos la pensión mínima garantizada. Esta medida asegura un ingreso vitalicio que cubra tus necesidades básicas, independientemente de los rendimientos de tu Afore.
Documentación y pasos para tramitar tu pensión
Antes de iniciar el, trámite, consulta tu historial de semanas cotizadas en el portal del IMSS para verificar que tu aportaciones estén correctamente registradas luego reúne en original y copia:
- Curp e identificación oficial
- Estado de cuenta de ti Afores con saldo actualizado
- Comprobante de domicilio (no mayor a tres meses)
- Documento bancario con un número de cuenta y CLABE para el depósito
- Acta de nacimiento
Con la documentación lista, descarga y llena el formato IMSS-01-002 (solicitud de pensión por Cesantía en edad avanzada o vejez), y preséntalo en la subdelegación o a través de la Ventanilla única Digital del IMSS.
Para agilizar el proceso, verifica que todos tus datos personales y periodos de cotización estén al día y acompaña tu solicitud. El trámite suele tardar entre 30 y 45 días hábiles para recibir una respuesta oficial.
