Pensión IMSS 2025: ¿Qué jubilados son RECHAZADOS al tramitar su Pensión por Viudez?

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Pensión por Viudez del IMSS (Freepik)

No todos tienen derecho a la pensión por viudez y te contamos quiénes son los que pueden recibir este apoyo económico.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ha dado a conocer las razones por la que la Pensión por Viudez puede ser rechazada, más allá de que sea un derecho para los beneficiarons de personas fallecidas.

En caso de que la documentación presentada sea insuficiente o incorrrecta o el solicitante no logre comprobar la relación legal con el asegurado o persona fallecida, no se otorgará la pensión por viudez. Además es importante tomar en cuenta lo siguiente:

  • Si la persona asegurar tenía varias parejas reconocodias como concubinas o concubinarios, ninguno podrá recibir la pensión.
  • Si la persona no demuestra dependencia económica de la persona asegurad o pensionada, tampoco recibirá el dinero
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Pensión por viudez IMSS

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¿Cómo SÍ obtener la Pensión por Viudez?

Lo primordial es que el asegurado o pensionado fallecido, deberá contar con al menos 150 semanas cotizadas al momento de su muerte, salvo que esto haya ocurrido por un riesgo de trabajo.

Si la muerte fue por un riesgo de trabajo, se necesita el dictámen médico oficial a través del formado ST-3.

La persona que solicita la pensión, deberá comprobar su relación con la persona fallecida. En caso de concubinato, deberá ser mediante una resolución judicial y en caso de la esposa o esposo, con el acta de matrimonio.

Es importante mencionar que el pago de la pensión por viudez, será bajo el mimso régimen en el que cotizaba la persona fallecida.

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Pensión IMSS (Freepik)

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Requisitos para tramitar la pensión por viudez

Aquellos que quieran solicitar la pensión por viudez, deberán acudir a la ventanilla de presaciones económicas en su Unidad de Medicina Familiar más cercana con los siguientes documentos de la persona fallecida:

  • Identificación oficial firmada y con foto
  • Documento con el Número de Seguridad Social (NSS)
  • CURP
  • Copia certificada del Acta de Nacimiento
  • Copia certificada del Acta de Defunción

Los que soliciten la pensión deberán presentar:

  • Identificación oficial firmada y con foto
  • CURP
  • Acta de matrimonio (para viudos)
  • Resolución judicial (para concubinos)
  • Copia certificada de acta de nacimiento
  • Número de cuenta y clabe interbancaria, en donde recibirán el pago de la pensión