Pensión IMSS: ¿Te pueden cancelar la Modalidad 40 aunque hayas hecho los pagos? Conoce los motivos

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Los motivos por los que te pueden cancelar la Modalidad 40 del IMSS (Freepik)

La Modalidad 40 de la Pensión del IMSS ofrece la posibilidad de recibir una cantidad más alta, pero hay varios motivos por las que te la podrían cancelar, aunque hayas realizado los pagos.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ha hecho algunas advertencias sobre la posible cancelación de la Modalidad 40, aunque se hayan realizado los pagos.

Hay dos requisitos obligatorios para quienes quieran registrarse en la Modalidad 40 del IMSS: tener 60 años si es pensión por cesantía en edad avanzada o 65 por vejez, además de alcanzar las 500 semanas cotizadas en la institución y estar dados de baja en el Régimen Obligatorio.

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La Pension IMSS te ofrece la Modalidad 40 (Freepik)

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Los motivos por los que te pueden cancelar la Modalidad 40 del IMSS

Este esquema es una opción para todos los que cotizaron antes del 1 julio de 1997 y bajo el régimen de la Ley 73.

Debes de tomar en cuenta lo siguiente, para evitar que te cancelen:

  • Elegir un salario igual o superior al que tenía al momento en el que fuiste dado de baja, sin exceder 25 veces el salario mínimo general.
  • Cumplir con las 52 semanas cotizadas en los últimos cinco años
  • No tener un retraso mayor a dos meses en las aportaciones voluntarias
  • No puedes solicitar reincorporarte al régimen o solicitar la anulación de la pensión
  • En caso de que el asegurado fallezca sin haber alcanzado las 150 semanas, evitará que los beneficiaron reciban este dinero
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Pensión IMSS.

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¿Cómo registrarse en la Modalidad 40?

Debes acudir la subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social que te corresponde, presentando la solicitud de inscripción junto a los documentos que te soliciten al momento de realizar el trámite.

  • Identificación oficial vigente. Original y 1 copia.
  • Escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma autógrafa o huella digital. Original y 1 copia.
  • Comprobante de domicilio. Original y 1 copia.

Ya aprobado el registro se establece un esquema de pagos que debes cumplir de forma puntal para mantener la vigencia de derechos; este se calcula con base en el salario elegido.