De acuerdo al artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores tienen derecho a recibir una prima vacacional durante el periodo que comprendan sus descansos; este monto no puede ser menor al 25% del salario diario del empleado, y se suma al sueldo habitual.
Es decir, la prima vacacional ayudará al trabajador a compensar su tiempo sin labores ofreciéndole un ingreso extra frente a los gastos que pudieran presentarse.

¿CUÁNDO TENGO DERECHO A VACACIONES SEGÚN LA LFT 2025?
Según el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, las personas “que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Después del cuarto año, el período de vacaciones se aumentará en dos días por cada cinco de servicios”.
Además, LFT vigente estableció que, a partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicio:
- Año 1: 12 días
- Año 2: 14 días
- Año 3: 16 días
- Año 4: 18 días
- Año 5: 20 días
- De 6 a 10 años: 22 días
- De 11 a 15 años: 24 días
- De 16 a 20 años: 26 días
- De 21 a 25 años: 28 días
- De 26 a 30 años: 30 días
La norma también contempló que las vacaciones deben otorgarse dentro de los seis meses posteriores al aniversario laboral, de acuerdo al artículo 81 de la LFT; además, conforme al artículo 78, los trabajadores pueden determinar cómo repartir su tiempo libre, adaptándolo a sus necesidades.
LFT: DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO 2025
Con el fin de que puedas planificar tus vacaciones, estos serán los días oficiales de asueto:
- Miércoles 1 de enero: Año Nuevo
- Lunes 3 de febrero: Día de la Constitución Mexicana
- Lunes 17 de marzo: Natalicio de Benito Juárez
- Jueves 1 de mayo: Día del Trabajo
- Domingo 1 de junio: Elección de jueces y magistrados
- Martes 16 de septiembre: Día de la Independencia
- Lunes 17 de noviembre: Revolución Mexicana
- Jueves 25 de diciembre: Navidad
Para DUDAS, ACÉRCATE a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) o consulta vía telefónica al 800 911 7877 o 800 717 2942, con el correo electrónico disponible: orientacionprofedet@stps.gob.mx.



