¿Marzo tendrá más DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO, puentes y feriados que febrero? Esto dice la LFT

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PROFEDET Si tienes dudas, acércate a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

De acuerdo a la norma laboral, hay situaciones donde los empleados pueden trabajar en días oficiales de asueto y en el tercer mes del 2025 sí hay una fecha de parón de actividades.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) prevé días de descanso obligatorio durante el 2025, señalados en el artículo 74, donde la norma también establece casos donde los obreros pueden prestar sus servicios en la fecha feriada, pero tendrán que ser abonados conforme al artículo 75.

¿HAY DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO EN MARZO?

De acuerdo al calendario oficial de la LFT sí; el 17 de marzo es descanso oficial por el aniversario del Natalicio de Benito Juárez; aunque este evento histórico se conmemora el 21 de ese mes, el festejo se recorrió para gozar de un puente o fin de semana largo; es decir, se contempló como un día de descanso obligatorio adicional.


DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO 2025 LFT

  • ̶M̶i̶é̶r̶c̶o̶l̶e̶s̶ ̶1̶ ̶d̶e̶ ̶e̶n̶e̶r̶o̶:̶ ̶A̶ñ̶o̶ ̶N̶u̶e̶v̶o̶
  • ̶L̶u̶n̶e̶s̶ ̶3̶ ̶d̶e̶ ̶f̶e̶b̶r̶e̶r̶o̶:̶ ̶D̶í̶a̶ ̶d̶e̶ ̶l̶a̶ ̶C̶o̶n̶s̶t̶i̶t̶u̶c̶i̶ó̶n̶ ̶M̶e̶x̶i̶c̶a̶n̶a̶
  • Lunes 17 de marzo: Natalicio de Benito Juárez
  • Jueves 1 de mayo: Día del Trabajo
  • Domingo 1 de junio: Elección de jueces y magistrados
  • Martes 16 de septiembre: Día de la Independencia
  • Lunes 17 de noviembre: Revolución Mexicana
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad

RECUERDA: Si un día de descanso obligatorio cae en domingo, el patrón deberá cubrirle al trabajador el pago de la prima dominical, señalada en el artículo 71 de la LFT (equivalente al 25% del salario ordinario percibido por el día).

¿CUÁNTOS DÍAS DE VACACIONES HAY EN 2025?

Ley Federal del Trabajo vigente, además, estableció que, a partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicio, quedando el progreso de descanso de la siguiente manera:


  • Año 1: 12 días
  • Año 2: 14 días
  • Año 3: 16 días
  • Año 4: 18 días
  • Año 5: 20 días
  • De 6 a 10 años: 22 días
  • De 11 a 15 años: 24 días
  • De 16 a 20 años: 26 días
  • De 21 a 25 años: 28 días
  • De 26 a 30 años: 30 días

La norma también puntualizó que las vacaciones deben otorgarse dentro de los seis meses posteriores al aniversario laboral, de acuerdo al artículo 81 de la LFT; además, conforme al artículo 78, los trabajadores pueden determinar cómo repartir su tiempo libre, adaptándolo a sus necesidades.