La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que la restricción sobre doble pensión aplica exclusivamente a trabajadores del IMSS, bajo el Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP).
De acuerdo el medio especializado Animal Político, en su sección ‘El Sabueso’, se citó al especialista Antonio Simancas, quien refirió que la resolución de la Suprema Corte “no afecta a todos los pensionados del IMSS, sino exclusivamente a los trabajadores del IMSS que están bajo el RJP, que es parte del contrato colectivo con el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS)”.
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EL COMUNICADO DE LA SCJN SOBRE EL PAGO DOBLE DE PENSIONES EN EL IMSS
En la misiva de la a Suprema Corte de Justicia de la Nación se puntualizó que los trabajadores en el RJP “no pueden recibir una pensión de vejez adicional, porque la pensión de jubilación que reciben, bajo el RJP, ya incluye los beneficios de la pensión de vejez”, compartió la publicación especializada.
Ahora bien, el mismo Antonio Simancas aclaró que el régimen especial de pensiones, bajo el RJP, “es más beneficioso” que el sistema general de otros derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social.

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La especificación también dejó claro que esta resolución de la SCJN no elimina ningún derecho preexistente, solo ratifica “que no es posible recibir una doble pensión” en los casos del Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP); es decir, los demás beneficiarios del Instituto no se verán afectados y continuarán con su pago conforme a las reglas actuales.
Para más información, consulta: ‘El Sabueso’ y la página OFICIAL del Instituto Mexicano del Seguro Social.
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