SAT: ¿Olvidaste habilitar Buzón Tributario o tramitar Carta Porte? Anuncian prórroga

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Buzón Tributario del SAT. Hacienda ha otorgado una prórroga a los contribuyentes para activarlo hasta el último día del 2024. (Freepik | Google)

Si sufriste porque no activaste o actualizaste tu Buzón Tributario del SAT, te tenemos muy buenas noticias para que te pongas al día y evites multas.

El Buzón Tributario se convirtió en tema de conversación hacia finales del 2023 entre los millones de mexicanos que pagamos impuestos, ya que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso en alerta a los contribuyentes ante la obligación de activar o actualizar sus medios de contacto en dicha plataforma.

Originalmente, el último día del 2023 era la fecha límite para cumplir con esta obligación en materia fiscal, sin embargo, ante el pánico causado entre una parte de la población y el desconocimiento general de cómo hacer el alta o actualización solicitada, el SAT ha otorgado una prórroga en el Buzón Tributario.

INFÓRMATE | ¿Quiénes NO deben activar el Buzón Tributario ni serán multados?

Buzón Tributario 2024: ¿Cuál es la nueva fecha límite para activarlo?

Retomando declaraciones ofrecidas al medio El Informador, el fiscalista Jesús Rodríguez comentó que el SAT publicó un nuevo plazo para que los contribuyentes se pongan al corriente en el alta de los medios de contacto requeridos, que son un correo electrónico y un número de teléfono celular.

Contrario a lo originalmente establecido, la nueva fecha límite para activar el Buzón Tributario del SAT es el 31 de diciembre del 2024; es decir, tienes exactamente un año -a partir de la publicación de este texto- para ponerte al corriente en tus deberes como persona física o moral que paga impuestos.

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El Buzón Tributario del SAT. Hacienda pide a los mexicanos dar de alta o actualizar sus datos, so pena de enfrentarse a multas.

¿Cómo habilito y/o actualizo mi Buzón Tributario del SAT?

  • Da clic en el botón “EJECUTAR EN LINEA” que aparece en un recuadro amarillo en la parte baja de este enlace.
  • Ingresa a tu cuenta utilizando tu RFC y con tu contraseña o e.firma.
  • Da clic en el icono de “Configuración” ubicado en el Menú de accesos rápidos (icono de una silueta de usuario) en la parte superior del portal.
  • Captura la(s) dirección(es) de correo electrónico y el número de teléfono celular que desees registrar.
  • Verifica que los datos capturados sean correctos y oprime “CONTINUAR”.
  • El sistema te consultará si deseas continuar con el registro de medios de contacto, oprime “ACEPTAR”.
  • El sistema te indicará que tu(s) correo(s) electrónico(s) y el número de teléfono celular han sido registrados. Se habilitará el botón para imprimir el acuse de registro.
  • Para concluir el proceso deberás confirmar tanto el (los) correo(s) electrónico(s) como el número de teléfono celular en un plazo no mayor a 72 horas, de lo contrario, el sistema cancelará la solicitud de registro de estos y tendrás que realizar nuevamente el registro.

Carta Porte: SAT ofrece prórroga para tramitarla

En lo referente a la Carta Porte, para los que tengan que emitir la factura electrónica con complemento para el traslado de bienes y mercancías, Administración Tributaria igualmente ha extendido el plazo para cumplir con este requisito, que originalmente vencía el 31 de diciembre del 2023.

“Para los efectos del artículo 29, penúltimo párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF), los contribuyentes obligados a expedir el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) a los que se les incorpore el complemento Carta Porte, podrán continuar emitiéndolos en su versión 2.0, publicada el 24 de febrero de 2023 en el Portal del SAT, hasta el 31 de marzo del 2024.