Hay un refrán que dice: “En la vida, lo único seguro son la muerte y los impuestos”. Precisamente para que no te “mueras” de un coraje, te compartimos información importante relacionada al Buzón Tributario del Servicio de Administración Tributaria (SAT), algo que todos los contribuyentes debemos tener activo y vigente.
Ahora que se aproxima el final del 2023 y que muchos mexicanos tienen en la mente cómo gastar dinero en El Buen Fin o en los regalos de Navidad, sería bueno que dediques unos minutos para estar al corriente ante la Secretaría de Hacienda en lo que al Buzón Tributario se refiere, que te ahorrará muchos disgustos y puede salvarte de multas.
¿Qué es el Buzón Tributario del SAT?
Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes. Tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura; así también, a través del Buzón, los contribuyentes presentan promociones, avisos o dan cumplimiento a requerimientos de información que realice el SAT.
El aviso electrónico del Buzón Tributario es un correo electrónico o un mensaje SMS que la autoridad envía a los medios de contacto que registraste y confirmaste que te alerta cuando tienes un elemento nuevo pendiente de leer.
¿Cómo actualizar el Buzón Tributario? Paso a Paso
- Ingresa al sitio del SAT en este enlace
- Haz clic en el botón del minisitio ‘Buzón Tributario’
- Hay dos opciones: la primera es por si no lo tienes habilitado y la segunda es para actualizar tus medios de contacto
- Para actualizar tu información, debes registrar los dos mecanismos de comunicación: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular.
- Ten a la mano tu Contraseña o e.firma, las necesitas para habilitar tu Buzón Tributario o actualizar tus medios de contacto.
- Al finalizar el proceso, te llegará un correo electrónico y/o mensaje de texto para validar la información proporcionada.
¿Qué pasa si no actualizó mi Buzón Tributario en el SAT? Multas
De acuerdo con la información en el portal del SAT, se establece que, en apego con el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, la infracción por la no habilitación del Buzón Tributario, el no registro o la no actualización de los medios de contacto, será una multa de $3,080.00 (tres mil ochenta pesos) a $9,250.00 (nueve mil doscientos cincuenta pesos).
