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SAT, Declaración Anual 2022: ¿Cuánto debo pagar de multas y sanciones si no la presenté?

Las multas en caso de no haber cumplido con las obligaciones fiscales del periodo 2021

Se terminó el plazo para presentar la Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que se tenía hasta este martes 2 de mayo.

Contrario a lo que sucedió en 2020 y 2021, donde el SAT otorgó un mes de prórroga para las comprobaciones fiscales a causa de la pandemia de la Covid-19, este año no fue así, por lo que toda persona física y moral tenía como límite este día.

Debido a que no sufrió modificaciones en el calendario, este año sí están contempladas las sanciones tal y como lo estipula la ley.

¿A cuánto ascienden las multas?

De acuerdo con la ley de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, si una personas física o moral no cumplió con sus obligaciones fiscales, pueden ser acreedoras a multas que van desde los 1,400 hasta los 17,370 pesos.

Aunado a eso, por cada obligación presentada fuera del plazo, o por incumplir con los requerimientos de no presentar la Declaración Anual pueden existir sanciones de los 1,400 hasta los 28,490 pesos.

Respecto a que si el contribuyente está obligado a presentar sus declaraciones por Internet y no lo realiza, se puede derivar una multa de los 14,230 a los 28,490 pesos.

¿Pueden haber reducciones en las multas?

Tal y como se redacta en el Artículo 76 del Código Fiscal de la Federación, se puede llegar a un acuerdo con el SAT para reducir los montos hasta el 20%, eso sí, la sanción se debería pagar dentro de los primeros 45 días.

Por otra parte, si no se presenta una Declaración Anual es posible que se perjudique tu historial crediticio, debido a que las deudas fiscales se comparten con el Buró de Crédito y ello afectaría en la posibilidad de acceder a créditos.

Personas que físicas que están obligadas a presentar la Declaración Anual:

  • Hayan obtenido ingresos por prestar servicios profesionales
  • Rentaron bienes inmuebles
  • Realizaron actividades empresariales
  • Obtuvieron beneficios por la enajenación y adquisición de bienes
  • Si percibieron ganancias por intereses
  • Si recibieron ingresos mayores a 400,000 pesos durante el año